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Herencia sin testamento en Cataluña

Herencia sin testamento en Cataluña

Cuando una persona fallece sin testamento en Cataluña, la ley determina quiénes son los herederos legales y el orden de llamamiento.

Hijos y descendientes

La herencia se atribuye, en primer lugar, a los hijos y, en su caso, a sus descendientes por
derecho de representación. 

Cónyuge viudo o pareja estable

En ausencia de descendientes, la herencia corresponde al cónyuge viudo o a la pareja estable superviviente, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Progenitores y ascendientes

Si no existen descendientes ni cónyuge o conviviente, la herencia se atribuye a los progenitores o a los ascendientes de grado más próximo.

Hermanos, sobrinos y colaterales

A falta de los anteriores, heredan hermanos, sobrinos y demás parientes colaterales hasta el cuarto grado.

Generalitat de Cataluña

En defecto de todos los anteriores, la herencia se atribuye a la Generalitat de Cataluña.

Documentación necesaria para tramitar una herencia

Le ayudamos a obtener y gestionar toda la documentación necesaria para la tramitación de herencias en Barcelona:
  • Certificado de defunción
  • Certificado de últimas voluntades
  • Certificado de seguros de vida
  • Testamento, si existe
  • Certificados bancarios
  • Notas simples del Registro de la Propiedad
Si no existe testamento, gestionamos la declaración de herederos ab intestato.